Si no estás familiarizado con el Modelo 720 y tienes bienes y derechos fuera de España, es el momento de conocerlo.

Cualquier persona física o empresa española que disponga de cuentas bancarias, bienes inmuebles, valores o participaciones fuera de nuestro país por valor superior a los 50.000€, tendrá obligación de presentar una declaración informativa para evitar potenciales sanciones.

Esta declaración es el denominado Modelo 720 y, aunque tiene carácter informativo, es obligatorio para las personas físicas o empresas residentes en el estado español.

¿Qué se declara?

Los bienes o derechos susceptibles de declaración se estructuran en tres bloques:

  1. Cuentas y depósitos en entidades bancarias ubicadas fuera del territorio español
  2. Valores representativos de la participación en cualquier tipo de entidad
  3. Bienes inmuebles, y derechos sobre ellos, ubicados en el extranjero

¿Qué queda exento de declaración?

  • Titulares de sociedades exentas del Impuesto de Sociedades
  • Cuando el valor no supere los 50.000€
  • Aquellos bienes que estén registrados en la contabilidad del titular (esto exime al titular pero no a los responsables o apoderados)
  • Aquellas cuentas corrientes en entidades extranjeras que tengan sede en España

¿Quién debe presentarlo?

La obligación de presentar el Modelo 720 existe cuando la suma de cada uno de los tres bloques anteriormente indicados, supere de forma individual los 50.000€ a fecha 31 de diciembre del año declarado (en este caso a 31 de diciembre de 2020).

Esta obligación no solo existe en los casos en los que se ostenta la titularidad jurídica de los bienes o derechos en el extranjero, si no también cuando se es titular real (aunque no sea titular jurídico) de los bienes y derechos; por ejemplo en el caso de entidades fiduciarias.

Deben cumplir también, con esta obligación de declaración aquellas personas que ostenten poder sobre los bienes, aunque no sean titulares de los mismos. Esto es, representantes, apoderados o beneficiarios de los bienes y derechos.

¿Cuáles son las sanciones por la presentación fuera de plazo del Modelo 720?

Las multas que puede imponer la Agencia Tributaria por la presentación fuera de plazo son muy elevadas, sobre todo si lo comparamos con otros delitos fiscales:

  • Sanción de 100€ por cada dato no declarado, con un mínimo de 1.500€ por declarar fuera de plazo
  • Sanción de 5.000€ por dato con un mínimo de 10.000€ por no declarar o declarar de forma errónea

Además a estas sanciones, hay que sumar un recargo del 20% sobre la cuota de IRPF por los bienes no declarados que la Agencia Tributaria imputa en la renta como una ganancia patrimonial no declarada.

¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo para la presentación del Modelo 720 se inició el 1 de enero de este 2021 y finalizará el 31 de marzo.

En Metacorp somos expertos en asesoramiento fiscal, contable y laboral. Si estás interesado/a en iniciar la presentación de esta declaración, ponte en contacto con nosotros aquí y procederemos a solicitarte la información requerida para empezar las gestiones.

 

Cristina Erena - Metacorp

Artículo escrito por:

Cristina Erena – Senior Consultant Metacorp

cristina@metacorp.es 

 

 

 

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