Si tu negocio cuenta con trabajadores o clientes británicos, seguro que el Brexit te ha ocasionado algún que otro quebradero de cabeza. Aquí te analizamos las principales repercusiones.
¿Qué es el Brexit y cuál es su contexto?
El 29 de marzo de 2017, el Reino Unido notificó al Consejo Europeo su intención de retirarse de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de conformidad con el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea.
El 14 de noviembre los negociadores de la Unión Europea y del Reino Unido alcanzaron un acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de la Unión Europea (BREXIT).
Con arreglo al artículo 50 apartado 3 del TUE, los Tratados dejarán de aplicarse al Estado que se retira a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo de Retirada o, en su defecto, a los dos años de la notificación, salvo si el Consejo Europeo, de acuerdo con dicho Estado, decide por unanimidad prorrogar dicho plazo.
¿En qué momento nos encontramos?
En octubre de 2019 el Consejo Europeo prorrogó de nuevo el plazo previsto en el artículo 50 hasta el 31 de enero de 2020. Esta es la fecha en la que se ha determinado, finalmente, hacer efectiva la salida de Reino Unido, convirtiéndolo en un “tercer país”.
El Acuerdo de Retirada contempla un período transitorio hasta el 31 de diciembre de 2020. Durante éste se seguirá aplicando la legislación comunitaria en el Reino Unido en relación al mercado interior, unión aduanera y las políticas comunitarias.
No obstante, si en la fecha de salida no estuviese en vigor el acuerdo, el Reino Unido pasaría a tener la consideración de tercer país. Como cabe esperar, esta situación tendría un impacto significativo y directo a nivel fiscal, económico y logístico. Como consecuencia, es necesario evaluar dicho impacto y adelantar, en la medida de lo posible, las tramitaciones necesarias. Con esta finalidad se ha establecido un plan de contingencia a través del Real Decreto Ley 5/2019 del que os hablaremos en el siguiente post.
Consecuencias del Brexit para españoles residentes en el Reino Unido
Las consecuencias del Brexit son muy amplias. Y uno de los grupos más afectados potencialmente son los españoles que residen en el Reino Unido, unos doscientos mil actualmente.
Por el momento, no ha habido ningún cambio legislativo en lo referente a viajar al Reino Unido y trabajar allí. Es probable que la libre circulación se vea modificada y, aunque no parece que vaya a suceder de un día para el otro, se prevé que en dos años habrá que tener en cuenta permisos de residencia y trabajo.
El impacto de las nuevas políticas migratorias sería bastante considerable, ya que en la actualidad hay más de tres millones de europeos residiendo allí, lo que supone un 6 % de su población.
También es posible que algunos ciudadanos europeos decidan volver a sus países por su propia voluntad, dada la incertidumbre creada en torno a su empleo.
Aquellas personas que han cotizado en el Reino Unido tendrán que esperar a los acuerdos económicos a los que se lleguen entre ambas partes. Todo dependerá de si el país permanece en el Espacio Económico Europeo (que no es lo mismo que permanecer en la Comunidad Europea). En ese caso, los reglamentos comunitarios sobre Seguridad Social prevalecerían, de manera que no habría ningún problema. De no ser así, habría que buscar alguna manera de conseguir que el derecho a esas prestaciones no se pierda.
En definitiva, aún es pronto para sacar conclusiones. Sin embargo parece poco probable que el Reino Unido quiera cerrar por completo sus fronteras e impedir la libre circulación actual.
Consecuencias del Brexit para británicos residentes en España
En España hay casi 300 mil británicos residiendo en nuestras fronteras bajo el derecho de libre circulación inherente a la Unión Europea. Sin embargo, la salida del Reino Unido supondrá que dejen de contar con los mismos derechos que hasta ahora.
Su régimen jurídico cambiará, pero aún está por ver cuáles son los términos acordados entre el Reino Unido y la Unión Europea. Se está poniendo como ejemplo a algunos países que no forman parte de la UE, pero que permiten que sus ciudadanos vivan y trabajen en España. Como comentamos en el apartado anterior, se trata de Noruega, Liechtenstein, Islandia y Suiza.
A excepción del último, forman parte del llamado Espacio Económico Europeo, una institución que permite que los países adheridos a la Asociación Europea de Libre Comercio puedan formar parte del mercado interior de la Unión Europea, sin necesidad de adherirse a ella. Esto permitiría la libre circulación de personas, algo que no encaja exactamente con lo planteado en la campaña de los que querían la independencia de la UE, puesto que no podrían limitar la inmigración en el Reino Unido.
La aceptación de la libre circulación de personas en sus fronteras repercutiría positivamente en sus ciudadanos que viven fuera del país. Aquellos británicos que lleven al menos cinco años viviendo en España podrían solicitar una Tarjeta de Larga Duración, en lugar del Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea que tienen ahora. Los británicos con menos de cinco años en nuestras fronteras deberían solicitar una autorización de residencia temporal.
Esta eventual situación se regularía de igual manera que se regula a través de los acuerdos que tiene España en términos de visados con países de otros continentes. Esto reduciría la movilidad geográfica y, por consecuencia, entraría en confrontación con los intereses del Gobierno Español (y de la mayoría de los gobiernos) de seguir recibiendo ciudadanos británicos, ya sea de manera esporádica para hacer turismo o como lugar para establecer su residencia.
En definitiva
Tanto si tu empresa opera en el mercado británico como si trabajas con socios o empleados procedentes del Reino Unido, los próximos meses se presentan con gran incertidumbre. En Metacorp contamos con un departamento especializado en internacionalización que estará encantado de asesorarte. Si quieres saber más, no dudes en contactarnos.