El 18 de marzo de 2022 se publicó en el BOE la Orden HFP/207/2022, de 16 de marzo, en la que se establecen las condiciones generales de la presentación de las declaraciones del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (modelo 100) y del Impuesto sobre Patrimonio (modelo 714).
En ambos casos el plazo de presentación será entre el 6 de abril y el 30 de junio de 2022.
Respecto al 2020 lo principales cambios a tener en cuenta serán los siguientes:
Rendimientos de Capital Mobiliario
Una nueva casilla se añade para que los arrendadores no considerados “grandes tenedores” consignen como gasto deducible el importe de la rebaja en la renta arrendaticia que voluntariamente hubieran acordado a partir del 14 de marzo de 2020, correspondientes a las mensualidades devengadas en enero, febrero y marzo de 2021, cuando se trate de alquileres de locales a determinados empresarios y siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la norma, ya que el Real Decreto-ley 35/2020, establece que el arrendador debe informar separadamente en su declaración del importe de este gasto deducible y el número de identificación fiscal del arrendatario cuya renta se hubiese rebajado.
Subvenciones y Ayudas Públicas
Se mejora la consignación en el modelo de las subvenciones y ayudas públicas que pueden imputarse por cuartos, al 25% anual (en el período impositivo en el que se obtengan y en los 3 siguientes):
- En los casos de ayudas públicas percibidas como compensación por los defectos estructurales de construcción de la vivienda habitual.
- Ayudas incluidas en el ámbito de los planes estatales para el acceso por primera vez a la vivienda en propiedad.
- Ayudas públicas a los titulares de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español
- Ayudas públicas para la primera instalación de jóvenes agricultores, previstas en el artículo 14.2 letras g), i), j) y l) de la Ley del Impuesto, respectivamente, se informará de las cantidades pendientes de imputar en los próximos periodos impositivos, apareciendo en los datos fiscales del contribuyente como ganancias pendientes de imputar.
Reducciones en BI por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social
Se diferencian en el modelo las aportaciones individuales de las contribuciones empresariales imputadas por el promotor en los períodos impositivos 2016 a 2020, pendientes de reducción a 1 de enero de 2021 en la base imponible. Esta distinción se realiza para contemplar los distintos regímenes transitorios y nuevos límites existentes (incluido para aportaciones y contribuciones correspondientes al ejercicio 2021), separando las cantidades pendientes de aplicación al inicio del periodo impositivo, de las cantidades aplicadas en el ejercicio y de las cantidades pendientes de aplicación en ejercicios futuros.
Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas
En el anexo A.2. encontraremos la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas introducida con efectos desde el 6 de octubre de 2021.
Se trata de 3 nuevas deducciones temporales en la cuota íntegra estatal del Impuesto aplicables sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda con arreglo a la legislación sobre arrendamientos urbanos.
Deducción por Inversión en Vivienda Habitual
Se añaden, para obras de ampliación o rehabilitación y obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad, casillas para indicar la fecha de inicio y fin de las obras; además en la modalidad de construcción, se solicita la fecha de la escritura de adquisición o de obra nueva de la vivienda.
Deducción por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económica
Encontraremos nuevas casillas en las que el contribuyente inversor debe identificar al productor de la obra en la aplicación de las deducciones por inversiones en producciones cinematográficas españolas de largometrajes y cortometrajes y por producción de determinados espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.
Reserva por Inversiones en Canarias y Acontecimientos de Excepcional Interés Público
Se adecua el apartado a los cambios normativos. Así será en los anexos A.2 y A.3 donde encontraremos estas modificaciones en relación a la estructura y contenidos del modelo D-100 del ejercicio anterior.
Deducciones autonómicas
Las deducciones vigentes para el ejercicio 2021 las vamos a encontrar en los anexos B.1 a B.9.
Documento de Ingreso o Devolución
Se modifica este documento para para permitir consignar, en el caso de declaraciones con resultado a devolver, el número de una cuenta bancaria de un país o territorio que no pertenezca a la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA).
Es importante mantenernos al tanto de las modificaciones que se comunican desde Hacienda para estar al corriente en la presentación de la Renta y no incurrir en faltas. También te dejamos este artículo donde hemos recapitulado los cambios de cara al 2022 en las declaraciones a la Agencia Tributaria.
Te ayudamos en la declaración de la Renta
Metacorp es una gestoría con más de 20 años de experiencia que cuenta con un equipo de expertos en asesoramiento en temas fiscales, contables y laboral. Podemos ayudarte en la campaña de la declaración de la Renta 2021. Puedes contactarnos a nuestro email hello@metacorp.es y estaremos encantados de ayudarte.
Artículo escrito por:
Emma Bover – CEO de Metacorp
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